Iniciativa Ciudadana
Europea
“Uno de nosotros”
Presentación
1. Presentación de la iniciativa ciudadana europea “Uno de nosotros”
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea
ha reconocido el respeto que merece la dignidad humana desde el momento de la
concepción, en una histórica sentencia de 18 de
octubre de 2011 (caso Oliver Brüstle contra Greenpeace,
C-34/10), rechazando las patentes científicas que requieran la destrucción
previa de embriones humanos o su utilización como materia prima por violar “la
protección debida a la dignidad humana”. El Tribunal reconoce que debe
considerarse embrión humano todo óvulo humano a partir de la fecundación y, en
consecuencia, ningún método que implique su destrucción puede ser patentado.
A partir de esta sentencia, y a la luz del
principio de coherencia que debe regir todo ordenamiento jurídico, los
promotores de esta Iniciativa instamos a la Unión Europea a realizar los
cambios precisos en la legislación europea, de modo que el reconocimiento de la
dignidad del embrión humano se extienda a todos los ámbitos en los que tiene
competencia la Unión. Estos ámbitos son, entre otros:
a. La salud pública: artículo 6.a y 168 del
Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE).
b. La educación: artículo 6.e, 165 y 166 del
TFUE.
c. La protección de la propiedad
intelectual: artículo 118 del TFUE.
d. La financiación de la investigación:
artículo 4.3, 180 y 182 del TFUE.
e. La cooperación al desarrollo: artículo
4.4, 209 y 210 del TFUE.
Considerando que, en base a los Tratados, la
Unión Europea debe adoptar programas plurianuales en el campo de la
investigación científica y tecnológica (artículo 182 del TFUE) y de la cooperación
al desarrollo (artículo 209 del TFUE), no debe caber, pues, el apoyo político
ni, por tanto, la financiación, por parte de la Unión, de acciones que
presupongan o favorezcan la destrucción de embriones humanos.
El objetivo de
esta Iniciativa Ciudadana Europea es obtener el compromiso de la Unión en todos
estos campos de no consentir ni financiar acciones que presupongan o favorezcan
la destrucción de embriones humanos, así como de establecer los instrumentos
adecuados de control sobre la utilización de los fondos concedidos con la
finalidad de garantizar que éstos no son empleados para atentar contra la vida
humana.
La Iniciativa ha sido registrada en la
Comisión Europea el 11 de mayo de 2012, con el siguiente número de registro:
ECI (2012) 000005. Puede consultarse el registro de la iniciativa en la
siguiente dirección web:
2. Qué pedimos a las instituciones europeas
Los promotores de la Iniciativa Ciudadana
Europea “Uno de nosotros”, así como todas las personas que apoyan esta
Iniciativa, pedimos a los responsables de la Unión Europea que aseguren el
respeto a la dignidad del embrión humano desde el momento de la concepción en
todas las áreas de competencia de la Unión Europea.
Para ello, pedimos que se modifiquen
determinados actos legislativos de la Unión, para así poner fin a la
financiación de actividades que suponen la destrucción de embriones humanos, en
particular en los ámbitos de investigación, ayuda al desarrollo y salud
pública.
El alcance de la reivindicación de esta
Iniciativa Ciudadana Europea se limita a los ámbitos de competencia de la Unión
Europea, de los cuales está excluido el aborto, cuya regulación se mantiene
como una competencia exclusiva de los Estados miembros.
Se propone por tanto la integración de los
siguientes actos legislativos:
1. Principios
presupuestarios.
Modificación del Reglamento financiero
aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas [Reglamento (CE,
Euraton) núm. 1605/2002, del Consejo, de 25 de junio de 2002]: nuevo principio presupuestario de
coherencia. Así, se propone la inclusión dentro del Título II “Principios
presupuestarios”, en un nuevo Capítulo 9 “Principio de coherencia”, de un nuevo
artículo 31 con la siguiente redacción:
“Ningún proyecto de presupuesto podrá ser
aprobado para la financiación de actividades que destruyan embriones humanos o
que presupongan tal destrucción”.
2. Financiación
de la investigación.
Modificación de la Propuesta de
Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establece
Horizonte 2020, Programa Marco de Investigación e Innovación (2014-2020)
[COM(2011) 809 final, 30 de noviembre de 2011]. Modificación del artículo 16
(“Principios éticos”), punto 3, como sigue:
“3. No se financiarán los campos de
investigación siguientes:
(a) las actividades de investigación
dirigidas a la clonación humana;
(b) las actividades de investigación
dirigidas a una modificación de la herencia genética de los seres humanos que
pueda convertirse en hereditaria;
(c) las actividades de investigación
destinadas a la creación de embriones humanos exclusivamente con fines de
investigación o para la obtención de células madre, incluida la transferencia
de núcleos celulares somáticos;
(d) las actividades de investigación que
destruyan embriones humanos, incluso aquellas dirigidas a la obtención de
células madre, ni las actividades de investigación que impliquen la utilización
de células madre embrionarias humanas tras la obtención de éstas.”
3. Cooperación
al desarrollo.
Modificación el Reglamento (CE) 1905/2006
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de diciembre de 2006, por el que se
establece un Instrumento de Financiación de la Cooperación al Desarrollo.
Modificación del artículo 2 (“Objetivos”), punto 5, como sigue:
“5. La ayuda comunitaria en virtud del presente Reglamento no se utilizará
para financiar el aborto, directa o indirectamente, o a través de la
financiación de organizaciones que practican o promueven el aborto. Ninguna
disposición del presente Reglamento a la salud reproductiva o sexual, a las
atenciones sanitarias, a los derechos, a los servicios, a los medios, a la
educación y a la información; a la Conferencia Internacional sobre Población y
Desarrollo, a sus principios y a su Programa de Acciones; a la Agenda de El
Cairo o a los Objetivos de Desarrollo del Milenio, en particular al objetivo
número 5 de la OMS sobre la salud y la mortalidad maternas; podrán ser
interpretados como constitutivos de base jurídica para la utilización de fondos
procedentes de la Unión Europea para la financiación directa o indirecta del
aborto. [Posteriormente, continuaría con la redacción actual del punto 5].”
3.
Los promotores de la iniciativa
El Comité de Ciudadanos que ha impulsado
esta Iniciativa Ciudadana Europea está compuesto de siete personas:
1. Presidente:
Patrick Gregor Puppinck (Francia)
2. Filippo Vari
(Italia, Movimento per la Vita)
3. Manfred Liebner (Alemania, Stiftung Ja zum Leben)
4. Alicia Latorre (España, Federación Española de Asociaciones Provida)
5. Josephine
Quintavalle (Reino Unido, ProLife Alliance and Core)
6. Edith Frivaldszky (Hungría, Together for Life Association)
7. Jakub Baltroszewicz Pro (Polonia, Humana Vita Foundation)
Pero hay muchos otros
líderes de organizaciones pro vida que han promovido la iniciativa:
Jonos Juškeviius (Lituania, The Lithuanian Cultural
Psychiatry Association)
Johan Lundell (Suecia, ProVita & Ja till Livet)
Paul Vincenti (Malta, Gift of Life)
Gudrun Kugler (Austria, Lebenskonferenz)
Bran Godeau (Bélgica, Jeunes pour la vie-JPV)
Josef Lelinek (República Checa, Obcanske Sdruzeni
Onz)
Ellzen Wibe Høslund (Dinamarca, Retten til Liv)
Varro Vooglaid (Estonia, Elukultuuri Instituut)
Ignacio García-Juliá (España, Foro Español de la
Familia)
Tomaj Sokol (Eslovenia, Iskreni.net)
Maria Hildingsson (Federation of Catholic Family
Associations in Europe)
Paul Defermon
Ginoux (Francia, Union pour la Vie)
Maria Philippe (Francia, Billings France e IVG.net)
Lola Velarde (España, Institute for Family Policy)
Michael Van der Mast (Holanda, Schreeuw om Leven
/Cry for Life)
Figallo Micallef
(Malta, EDRIC +9STUDENTI)
Miriam Izquierdo (España, Fundación Madrina)
Réka Deuten-Makkai (Rumanía, Transylvanian Reformed
Church)
Peter D. Williams (Reino Unido, Right to Life)
Francisco V.
Cunha (Portugal, Associação Portuguesa de Famílias Numerosas)
Marek Michalcík (Eslovaquia, Fórum života/Forum for
Life)
Katarina
Michalcík (Eslovaquia, Fórum života/Forum for Life)
Pino Morandini (Italia, Movimento per la Vita-Mpv)
Elisabetta Pittino (Italia, Movimento per la
Vita-Mpv)
Antonio Jesus Mellado Rosique (Bélgica, The Family
Watch)
Anna Kovarova
(Eslovaquia, Donum Vitae)
Isilda Pegado (Portugal, Federação Portuguesa pela
Vida)
Daniela Paun
(Rumanía, “Darul Vietii” Bucuresti)
En España, la Iniciativa Ciudadana Europea “Uno de nosotros” está
siendo impulsada por las siguientes organizaciones:
Fundación Valores y Sociedad Federación
Española de Asociaciones ProVida
Fundación Más Familia Fundación RedMadre
Derecho a Vivir-DaV CideVida
S.O.S. Familia HazteOir
Fundación Tepeyac Foro
Español de la Familia
4.
El proceso de la Iniciativa Ciudadana
Europea y estado de la cuestión en España
La Iniciativa
Ciudadana Europea “Uno de nosotros” ha sido registrada en la Comisión Europea el 11 de mayo de 2012. A partir
de esta fecha, se ha iniciado el plazo de 12 meses para la recogida de firmas
en los Estados miembro de la Unión Europea, que deberá finalizar el 10 de mayo de 2013, para continuar con su tramitación
ante la Comisión Europea.
En el conjunto de la Unión, deberán recogerse 1 millón de firmas, cumpliendo, en al menos
7 Estados miembro, con un mínimo fijado en función del número de
eurodiputados que correspondan a ese Estado (multiplicados por 750). A nivel
nacional, en España, deberán recogerse al menos 40.500 firmas.
La recogida de
firmas puede realizarse en papel o a través de página web. Los formularios
para la recogida de declaraciones de apoyo en papel deben contener los datos
identificativos de los firmantes, así como los datos generales de la
iniciativa, cumplimentados por los organizadores. En España no es precisa la
presencia del fedatario para dar validez a la hoja de adhesiones, por no
requerirse por la normativa europea. Las adhesiones recogidas en papel deberán
custodiarse según la normativa vigente de protección de datos personales.
La firma de la adhesión no es necesaria para los apoyos recogidos a través de Internet, si bien
la página web a través de la que se recojan tales adhesiones debe cumplir las
prescripciones técnicas establecidas por la Comisión (dirigidas, fundamentalmente, a preservar la
confidencialidad en el uso de los datos personales) y verificadas a través de una auditoría técnica por la autoridad
nacional competente del Estado en que se aloje el servidor y, en consecuencia,
se almacenen los datos. Para facilitar la
adecuación de la web a los requisitos, la Comisión ofrece un software para la
recogida online, que facilita la obtención de la certificación de la autoridad
nacional.
Finalizado el plazo de recogida (10 de mayo de 2013), se
remitirán las adhesiones a la autoridad nacional competente de cada Estado
miembro (en España, la Oficina del Censo Electoral), que certificará que todos
ellos corresponden a ciudadanos comunitarios. Estas certificaciones serán remitidas
a la Comisión Europea para continuar con el pro
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