jueves, 5 de junio de 2014

El tercer supuesto. Ayer en La Razón.

Tercer supuesto. Por José Miguel Serrano. Del Comité de Bioética de España.
Descontado que el gobierno cumpla su compromiso no sólo electoral sino reiterado desde los ministerios implicados con insistencia de regular de nuevo el aborto, de forma  que se supere la regulación parcial, tendenciosa y probablemente anticonstitucional que se llamó Ley Aido, el debate se centra sobre el alcance de la nueva ley.
Parece claro que la opción por una fórmula de supuestos frente a los plazos que introdujo la unilateral reforma de  Zapatero, una de sus herencias más gravosas, goza de amplio consenso. El Anteproyecto realizado en el Ministerio Gallardón va un paso más allá y se plantea dos innovaciones que desde mi punto de vista son esenciales.
Una es la decisión, de acuerdo de otras reformas que pasan desde un sistema de plazos a otro de indicaciones de no centrar la sanción en la mujer que interrumpe el embarazo. Se extiende así un concepto, el de que el aborto en buena medida explota a la mujer y no le garantiza ninguna libertad que ha sido uno de los caballos de batalla del movimiento próvida, especialmente en Estados Unidos.

La segunda cuestión es la de la indicación eugenésica, disimulada bajo el reciente nombre de embriopática, en esa carrera eufemística que inicio el abortismo con el término interrupción voluntaria del embarazo. La indicación eugenésica ha producido un efecto de selección del que todos podemos tener experiencia y que bajo la coartada de la “inexistencia de otra conducta exigible” ha llevado adelante los sueños eugenistas planteados desde los años veinte del siglo pasado. La presión ha sido notable y se tradujo en la jurisprudencia civil en el concepto del ··”derecho a no nacer” o del “nacimiento equivocado o dañoso”. Es por ello que la decisión del Ministerio de Justicia de no permitir este abuso ha sido uno de los grandes aciertos del Anteproyecto de Ley Orgánica.

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