martes, 3 de septiembre de 2013

Capaz de ser feliz. Aborto y discapacidad.

Fue el partisano y luego disidente polaco Stanislaw Jerzy Lec quien afirmo que siempre que se habla de progreso hay que precisar hacia donde se progresa. En este sentido la legislación y más precisamente su reforma debe atender a la realidad de lo que acontece y a la regulación de los supuestos en el mundo real. O dicho de otra forma, a la observación de lo que ha ocurrido hasta ahora, por mucho que las justificaciones previas fueran beneficentes o estuvieran guiadas por la voluntad expresa de producir un progreso.
El supuesto eugenésico en el aborto, admitido por la voluntad de no producir una situación insostenible en quien optase por la interrupción voluntaria del embarazo ante la previsión de una muy grave deficiencia, se ha traducido en la realidad en un “escrutinio” prenatal que en muchos países, y especialmente en España, tiende a implantar unas pautas de normalidad que produce de facto la eliminación  atendiendo  probabilidades de discapacidad. Aunque las encuestas entre los profesionales tienden a indicar que no sienten que presionen en aras al aborto eugenésico, los testimonios de las mujeres que han llevado adelante embarazos de riesgo de malformación revelan que la presión existe.
A esto se añaden circunstancias objetivas  de la legislación que ha producido que, por vía de las responsabilidades civiles, sea preferible errar en la previsión de una discapacidad no existente que afrontar el riesgo de no prever una posible discapacidad.

La incoherencia actual, sobre la que debe reflexionar el legislador, es que a pesar de un discurso oficial que tiende a valorar a las personas con discapacidad, estas de facto y en el periodo prenatal y pronto en el neonatal, son descritas como sujetos incapaces de felicidad, cuya vida “no merece la pena vivirse”.  El efecto es también que la rigurosa pauta de normalidad tiende a producir lo que se ha denominado “una eugenesia positiva”.         

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