martes, 29 de mayo de 2012

Enmienda transaccional excluye a los licenciados del Master profesional.

Pongo directamente lo que se ha colgado en internet por el Partido Popular. Parece que es exacto y resuelve la crisis en la que estaban los estudiantes de 5.
El PP presenta una enmienda transaccional para excluir a los licenciados del máster de acceso a la abogacía
  • Se modifica la norma para que sólo afecte a los graduados
  • Dolors Montserrat destaca el “diálogo abierto” con todos los grupos parlamentarios para acabar con un problema iniciado en 2006 “con una Ley que no tuvo en cuenta la opinión de los afectados”
  • Beatriz Jurado: “Se hace justicia con miles de licenciados que podrán ejercer su profesión sin la discriminación a la que les había condenado el Gobierno socialista”

29. mayo. 2012.- El Grupo Parlamentario Popular en el Congreso ha presentado una enmienda transaccional al Proyecto de Ley de mediación en asuntos civiles y mercantiles para excluir a los licenciados en Derecho del master de acceso a la abogacía.

Hoy, en la Ponencia del Proyecto de Ley de mediación en asuntos civiles y mercantiles, la vicepresidenta tercera del Congreso, Dolors Montserrat, ha destacado el “diálogo abierto” con el resto de los grupos parlamentarios y el acuerdo alcanzado para la exclusión de los licenciados del master de acceso a la profesión de abogado, “tal y como defendió el PP desde el primer momento”.

“Se acaba así con un problema iniciado en 2006 con una Ley que no tuvo en cuenta la opinión de los afectados”, subrayó.

Con esta enmienda transaccional, se modifica la Disposición Final Tercera, apartado Dos, en cuanto a la redacción de la nueva Disposición adicional octava, número 1 de la Ley 34/2006 del anterior gobierno socialista.

La enmienda dice que “Los títulos profesionales que se regulan en esta ley no serán exigibles a quienes obtengan un título de licenciado en Derecho con posterioridad a la entrada en vigor de la misma, siempre que en el plazo máximo de dos años, a contar desde el momento en que se encuentren en condiciones de solicitar la expedición del título oficial de licenciado en Derecho, procedan a colegiarse, como ejercientes o no ejercientes”.


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