Recuerda Recasens que Stammler formula en relación con las máximas para producir el derecho justo:
"Principios de la participación:
Nadie debe jamás ser excluido de una comunidad o de una relación jurídica por la decisión arbitraria o mero capricho subjetivo de otra person.
Todo poder jurídico de disposición concedido a una persona, al excluir a otra persona, deberá hacerlo sólo de tal modo que el excluido subsista como un ser con un fin propio, es decir, como una persona con dignidad y jamás como un mero medio para los demás o mero objeto de derechos subjetivos de los demás."
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